Ex diputado y Candidato por el PT a la presidencia municipal de Papantla, Bonifacio Castillo Cruz, exdiputado local y único candidato indígena registrado en el pasado proceso electoral municipal en Papantla, presentó una impugnación ante el Tribunal Electoral de Veracruz al considerar que no se respetaron los derechos colectivos de los pueblos originarios, como lo establece el artículo segundo de la Constitución mexicana.
Durante una declaración pública en el Congreso local, Castillo afirmó que la elección no cumplió con las condiciones de representatividad indígena. Según su testimonio, fue el único aspirante hablante de totonaco y con vínculo directo con una comunidad originaria, mientras que otros cuatro candidatos no cumplían con estos criterios.
“No es una cuestión de cuántos votos se obtuvieron, sino de hacer valer lo que dicta la ley. Esta elección estaba destinada a ser representativa de un pueblo indígena y eso no se respetó”, señaló.
Castillo Cruz, aseguró que la convocatoria no fue consultada con las comunidades, como lo exige el marco constitucional y tratados internacionales ratificados por México. Además, denunció que en una zona con más del 75% de población indígena, la mayoría de las candidaturas no reflejaban esa identidad, y que las boletas y propuestas no fueron accesibles en lengua originaria.
“Se trata de una posible omisión del principio de consulta previa y de representación indígena, aspectos fundamentales para procesos electorales en municipios con población originaria”, argumentó.
El exdiputado también mencionó que su impugnación no busca revertir los resultados únicamente por el resultado numérico, sino por lo que considera una falta de cumplimiento con los principios de legalidad y autodeterminación de los pueblos.
Trayectoria y antecedentes
Bonifacio Castillo cuenta con antecedentes legislativos en materia de derechos indígenas. En 2022, presentó una iniciativa en el Congreso de Veracruz para que los pueblos originarios del estado fueran reconocidos como sujetos de derecho, similar a lo que ocurre en entidades como Oaxaca o San Luis Potosí. La propuesta fue dictaminada pero no aprobada.
También aseguró que su participación política fue independiente, sin respaldo de partidos tradicionales, y que su campaña se realizó con recursos propios y en su lengua materna.
“Esta impugnación busca sentar un precedente sobre el respeto a los derechos políticos y culturales de los pueblos originarios, más allá de un resultado electoral específico”
El Tribunal Electoral de Veracruz deberá analizar los argumentos presentados y determinar si hubo o no irregularidades que vulneren los derechos colectivos de las comunidades indígenas. La resolución podría sentar un precedente sobre cómo se aplican los principios constitucionales en materia de representación indígena en procesos electorales locales.
Contexto legal:
El artículo segundo constitucional establece que los pueblos indígenas tienen derecho a elegir, de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a sus autoridades o representantes para el ejercicio de gobierno, preservando su autonomía e identidad.
📎 Veracruz cuenta con municipios de alta presencia indígena donde, por ley, debe garantizarse la participación política representativa de dichas comunidades.

