Dicen que el show debe continuar, hay muchos temas que cada poder del Estado debe atender en el ámbito de sus responsabilidades a pesar de todos los pesares, en el ambiente político se respira un aire de confrontación y de acusaciones de todos contra todos y sálvese quien mejor sepa nadar en las aguas turbulentas de la política nacional.

Para dar un toque amable al ambiente legislativo, viene a mi mente la letra del mayor éxito musical de Oscar Lobo, – lobos son los que deambulan por los pasillos de la Cámara de diputados – que refleja el sentir de la sociedad en general al ver que ante las acusaciones públicas sobre algunos legisladores, diría el inmortal Clavillazo- “la cosa es calmada”, diría el inolvidable Capulina “no lo sé, puede ser, a la mejor”, diría el genial Chavo del 8, “ es que no me tienen paciencia” y remataria el carismático Cantinflas, “ahí está el detalle chato”, lo cierto, es que la incredulidad de los ciudadanos ante los “trabajos” de la Sección Instructora para procesar los temas que tiene en la agenda es mucha como mucho es el cinismo de los involucrados: ¿acaso están realmente “preocupados” Cuauhtémoc Blanco, Francisco García Cabeza de Vaca o Alejandro Moreno, entre otros?

Dicen que al pueblo pan y circo y ante la escasez de pan entonces más circo, ese circo que representan las sesiones en el Congreso de la Unión, lo dijo de manera magistral el Grupo Clímax.

Que tenemos/ rapidamenteeeeeeeeeeeee/ QUE COMIENCE LA FIESTA

Mesa, Mesa, mesa que más aplauda/Mesa que más aplauda, mesa que más aplauda/Le mando, le mando, le mando a la niña

Mesa que más aplauda si/ mesa que más aplauda no/Mesa que más aplauda le mando le mando le mando a la niña

Za za za y a tu za, y a tu za

Y los morenistas (za, za)

Y los del verde (za, za)

Y los petistas (za, za)

Y los panistas (za, za)

Los priistas (za, za)

Y los maestros (za, za, za)

Los procesos de Desafuero son difíciles muy difíciles de procesar, no solo se requieren pruebas contra los acusados, se necesita mucha voluntad política para que procedan, es la historia que todo mundo sabe y que la sociedad tiene grabada en la memoria, la Cámara de Diputados es un manto de impunidad que cubre de acuerdo a los intereses de palacio nacional, – ante los Pinos – sin rubor alguno, los votos valen y los partidos políticos hacen valer más a la hora de defender los intereses de sus militantes o aliados, ¿qué de raro tiene?

Un poco de Derecho Legislativo a nadie ofende:

LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

ARTÍCULO 11.- Al proponer la Gran Comisión de cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión, la constitución de Comisiones para el despacho de los asuntos, propondrá la integración de una Comisión para sustanciar los procedimientos consignados en la presente Ley y en los términos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Aprobada la propuesta a que hace referencia el párrafo anterior, por cada Cámara se designarán de cada una de las Comisiones, CUATRO INTEGRANTES para que formen la Sección instructora en la Cámara de Diputados y la de Enjuiciamiento en la de Senadores.

La Legislatura pasada, la Sección Instructora estuvo integrada por:

1.- Jaime Humberto Pérez Bernabé.- Morena

3.- Leonel Godoy Rangel.- Morena

3.- José Elías Lixa Abimerhi.- PAN

4.- Rubén Ignacio Moreira Valdés.- PRI

La realidad es que al tocar el tema del presidente nacional del PRI la votación de los integrantes quedaba 2- 2 y por lo consiguiente ahí quedaba empantanada.

Este viernes la Sección Estructura de la Cámara de Diputados se reunirá para tratar el tema de Dirigente Nacional del PRI, para ello, primero dará por concluida una solicitud que presentó la Fiscalía General de Campeche en el 2022, misma que duerme el “sueño de los justos e injustos”.

¿Qué dice la ley al respecto?

ARTÍCULO 25.- Cuando se presente denuncia o querella por particulares o requerimiento del Ministerio Público cumplidos los requisitos procedimentales respectivos para el ejercicio de la acción penal, a fin de que pueda procederse penalmente en contra de algunos de los servidores públicos a que se refiere el primer párrafo del artículo 111 de la Constitución General de la República, se actuará, en lo pertinente, de acuerdo con el procedimiento previsto en el capítulo anterior en materia de juicio político ante la Cámara de Diputados. En este caso, la Sección Instructora practicará todas las diligencias conducentes a establecer la existencia del delito y la probable responsabilidad del imputado, así como la subsistencia del fuero constitucional cuya remoción se solicita. Concluida esta averiguación, la Sección dictaminará si ha lugar a proceder penalmente en contra del inculpado.

Si a juicio de la Sección, la imputación fuese notoriamente improcedente, lo hará saber de inmediato a la Cámara, para que ésta resuelva si se continúa o desecha, sin perjuicio de reanudar el procedimiento si posteriormente aparecen motivos que lo justifiquen. Para los efectos del primer párrafo de este artículo, la Sección deberá rendir su dictamen en un plazo de SESENTA DÍAS hábiles, salvo que fuese necesario disponer de más tiempo, a criterio de la Sección.

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

ARTICULO 45.

1. Los presidentes de las comisiones ordinarias, con el acuerdo de éstas, podrán solicitar información o documentación a las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal cuando se trate de un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relativa a las materias que les corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos aplicables.

Los proyectos de dictamen de la Sección Instructora y los de las comisiones encargadas de resolver asuntos relacionados con imputaciones o fincamiento de responsabilidades, así como de juicio político y declaración de procedencia, sólo pasarán al Pleno si son votados por la MAYORÍA de los integrantes respectivos.

En esta legislatura la Sección Instructora está integrada por:

1.- Hugo Eric Flores Cervantes.- Morena

2.- Adriana Belinda Quiroz Gallegos.- Morena

3.- Germán Martínez Cázares.- PAN

4.- Raúl Bolaños- Cacho Cué.- Partido Verde

Esto significa, que – salvo acuerdos políticos – si el régimen quiere puede – en su momento procesal – declarar procedente el desafuero, ¿qué de raro tiene?

CONCLUSION:

1.- La sección instructora declarara improcedente la primera solicitud de la Fiscalía General de Campeche presentada contra Rafael Alejandro Moreno Cárdenas en el 2022.

2.- Iniciara el procedimiento para aceptar o rechazar la segunda solicitud de la propia Fiscalía de Campeche, para lo cual, la sección tiene un plazo de 60 días hábiles, en 60 días donde todo, todo puede pasar.

P.D.- Con el ánimo que la fiesta sea una “convivencia” de altura…Escribiré otro día.